viernes, 29 de agosto de 2008

Reclamo a Favor de la Tercera Edad

En Puerto Rico existe una gran cantidad de personas que están próximos a acogerse a la jubilación y que por razones de distinta naturaleza, no pudieron terminar de pagar o cotizar el mínimo requerido de cuarenta trimestres para ser partícipe pensionario del Seguro Social.

Según datos del Censo del año 2000, en Puerto Rico existen cerca de 518,249 mil quienes son personas de 62 años o más de una población aproximada de 3,808,610 individuos, ellos equivalen al 13.6%. Ese grupo se divide en 229,550 (44.3%) que son varones y 288,699 (55.7%) mujeres. Según el Departamento del Trabajo y Recursos Humanos en el año 2004, se estimó que alrededor de 33,000 personas de 65 años o más estaban trabajando.

El mejoramiento de la calidad de vida de todos los puertorriqueños es un compromiso y una responsabilidad de todos. Con el pasar de los años, el incremento que representa el aumento en la expectativa de vida provocará que la población de edad avanzada en la Isla alcance tasas porcentuales cada vez más altas en proporción a la población de menor edad. Asimismo, algunos estudios proyectan que para el año 2020 las personas de 65 años o más podrían constituir el 16.1% de la población total de Puerto Rico.

Bien es sabido que las necesidades específicas de este sector incrementan con el correr del tiempo pues la longevidad no está exenta de condiciones y enfermedades prevalecientes significativamente visibles en este sector de la población. Las principales causas de muerte en personas de edad avanzada se derivan de condiciones del corazón, hipertensión, tumores malignos, neumonía y diabetes. A éstas, se le suman condiciones asociadas al género como lo son la osteoporosis, el cáncer del seno o el cáncer de próstata. Muchos de los medicamentos que se requieren para tratar estas condiciones y que conllevan tratamiento continuo y de mantenimiento, tienen altos costos mientras que el ingreso de este sector es uno limitado.

Según el estudio de Ingresos y Gastos del Departamento del Trabajo, el porcentaje de personas de edad avanzada que viven en un nivel de pobreza en la Isla es de 63%, de los cuales el 79% reside en zonas rurales y el 56% residen en áreas urbanas. En consideración a la necesidad de muchas personas de edad avanzadas (gerentes) de completar los 40 trimestres cotizados al Seguro Social para ser merecedores a una pension, radicamos el Proyecto de la Cámara 119 que se convirtió en la Ley Núm. 17 del 23 de enero de 2006. Se establece asi una política pública dirigida a promover el empleo prioritario de personas elegibles para completar el mínimo necesario cotizado para adquirir el derecho a una pensión del Seguro. Esto a los fines de garantizar la disponibilidad de recursos económicos para ellos y mejorar su calidad de vida.

La Ley transforma la política pública de empleo en Puerto Rico -tanto en el sector público como el privado- condicionando que al menos uno de cada diez nuevos empleos se reserven para personas de 62 años o más, que no hayan cotizado el mínimo requerido por trimestre que da derecho a una pensión de Seguro Social, y que hayan acumulado al menos 27 trimestres de los 40 trimestres requeridos. En el caso del sector privado, aplicaría a aquellos empleos generados con subsidios gubernamentales.

Luego de dos años de aprobada esta ley, el Gobierno de Acevedo Vilá no ha hecho nada para implantarla, dejando de crear empleos y por lo tanto inhabilitando a cientos de personas de edad avanzada de mejorar sus condiciones de vida al completar y obtener una pensión del Seguro Social. Al parecer a esta administración, le ha importado poco lo difícil que les resulta a las personas de edad avanzada ser reclutadas en un trabajo. Esta administración no se ha dado cuenta que al hacer cumplir esta ley hace frente a esta necesidad urgente y ayuda a un grupo poblacional que seguirá creciendo.

Esta Ley de nuestra autoria va dirigida a las necesidades inmediatas de decenas de miles de puertorriqueños mayores de 62 años que no completaron los 40 trimestres acumulados exigidos por el Seguro Social y que, por tal razón, se han visto en la disyuntiva de mantenerse trabajando o perder la oportunidad de recibir una pensión, auque sea modesta, para sus años de retiro.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Saludos Víctor:

A la tercera edad me tengo que tragar la alarma de un negocio frente a casa. Se activó justo a la una de la madrugada y son las 2:30 y no ha parado. Hoy no dormiré. Las noches anteriores se activaba, pero como unos 20 minutos después se callaba. Las alarmas son ruidos innnecesarios y deben ser controladas por ley. Primeero que se registren y pague por el registro anual, segundo que tengan un teléfono o teléfonos de emergencia y tercero, al llamar la policía a ese número y no contestar, que se tome nota al respecto y se proceda con una multa. ¡Por favor, hace falta una ley al respecto y pronto!

Manuel Domenech